
Los Peritos de Seguros pueden realizar su actividad profesional para las empresas, consultorías, o para particulares, dentro del campo del seguro, como tomadores, asegurados y terceros perjudicados en siniestros, o como ciudadanos consumidores y usuarios de bienes y servicios.
ACTUACIONES PROPIAS DE SU FORMACIÓN ACADÉMICA
Proyectos.
Asesoramiento.
Formación.
Prevención de Riesgos Laborales.
Como perito judicial de parte.
Como perito judicial a solicitud de los juzgados.
Valoración de la dependencia.
Verificación Pre-ITV.
Reconstrucción de accidentes de tráfico. Etc.
EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL
Asesoramiento a las PYME y a las grandes empresas, así como a Gabinetes de asesoramiento – Consultorías.
Asesoramiento y servicio a los talleres de reparación.
Valoración de los daños en maquinaria, viabilidad de reparación y la gestión de su recuperación.
La valoración de los daños inmuebles, viabilidad de reparación y la gestión de su recuperación.
Estudios de causas de siniestros y averías.
En la gestión de riesgos de la actividad empresarial.
Asesoramiento de los riesgos de producir daños a terceros (personales y materiales)
Asesoramiento sobre los costes de los daños que se pueden producir.
Asesoramiento sobre medidas de minoración de daños.
Asesoramiento sobre salvamento en caso de siniestro.
CON RELACIÓN A LOS CONTRATOS DE SEGUROS
La actividad puede realizarse para una Entidad Aseguradora, para una sociedad de peritaciones, para Corredurías y Agentes de Seguros, para Empresas y para Ciudadanos particulares.
En seguros de Personas (Médicos Peritos de Seguros):
Tarificación del Riesgo de fallecimiento e invalidez en un seguro de vida.
Estudio de las causas de fallecimiento o Invalidez en los seguros de vida.
Valoración de lesiones y secuelas con relación al Seguro Obligatorio de Viajeros.
Valoración de los daños personales en las pólizas de accidentes.
Valoración del tiempo de curación y secuelas en:
Valoración de la dependencia.
Emisión de informe para una reclamación motivada de un perjudicado (artículo 7 de la Ley 21/2007 sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor)
En Seguros de Vehículos a Motor:
En Seguros de Incendios y Riesgos Diversos:
Estudio de Valoración, estado y tarificación del inmueble y de sus accesorios.
Asesoramiento a las empresas ante los siniestros, para la gestión de los mismos:
Realizando el seguimiento en la reparación de los bienes.
Auditando la calidad de las empresas de reparación.
Ante la contratación de un Seguro:
Valoración y tarificación del riesgo.
Valoración del posible sobreseguro o infraseguro.
Valoración de las condiciones del bien, del interés o de la persona a asegurar.
En el momento de un Siniestro:
Asesoramiento en las medidas a tomar para aminorar los daños ante un siniestro.
Estudio y determinación de las Causas del siniestro.
Valoración de los daños producidos en el siniestro.
Estudio de las circunstancias que han podido influir en la producción del siniestro, en resultado dañoso y en la evolución del mismo para condicionar la indemnización, según la póliza.
Fijar la cantidad a indemnizar según la póliza.
Formación:
En la técnica de la pericia Aseguradora.
Gestión de Riesgos:
Asesoramiento a las empresas (PYME y Grandes Empresas) ante las necesidades de aseguramiento, según los daños posibles en relación con su actividad.
Asesoramiento a las empresas una vez producidos los siniestros, para la gestión de los mismos:
Juzgados:
Como perito judicial de parte en los casos que se discutan valoraciones o indemnizaciones de daños en relación con una póliza de seguros.
Como perito judicial a solicitud de los juzgados en los casos que se discutan valoraciones o indemnizaciones de daños en relación con una póliza de seguros.
Como perito judicial de parte o a solicitud de los juzgados con relación a materias propias de su titulación y en aquellas en que sea un experto reconocido.
En la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal:
En la Formación del Inventario de la Masa Activa.
EN LA SEGURIDAD VIAL:
Asesoramiento a empresas en la Seguridad Vial. Formación en Seguridad Vial.
EN LOS CODIGOS CIVIL Y PENAL:
Tasación de bienes muebles, de bienes inmuebles o derechos, según su campo de actuación.
En la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciammiento Civil:
Ver artículos 124-138, 140-142, 159, 241-245, 265, 289, 290, 292, 299, 300, 335-348, 352, 356, 357 y 759.
Como perito de seguros de parte (del demandante o demandado)
Como perito de seguros por nombramiento judicial, estando dentro de las listas de peritos de seguros que envía APCAS a los juzgados.
Como perito de parte, por los conocimientos propios de su formación académica (Formación Profesional, Ingeniería, Arquitectura, Medicina, etc.)
Como perito de los conocimientos propios de su formación académica (Formación Profesional, Ingeniería, Arquitectura, Medicina, etc.), por nombramiento judicial, estando dentro de las listas de profesionales de los juzgados.
En la Ley 26/2007, de 23 octubre de Responsabilidad Medioambiental
Valoración del riesgo de daño medioambiental en relación con un posible daño medioambiental por la actividad que se desarrolle.
Valoración de las posibles medidas preventivas del daño medioambiental, ante una amenaza inminente.
Ante la producción de un daño medioambiental, proponer medidas apropiadas en evitación de nuevos daños.
Proponer la adopción de medidas provisionales necesarias para, de forma inmediata, reparar, restaurar o reemplazar los recursos naturales y servicios de recursos naturales dañados por un daño medioambiental y las prioridades en caso de varios dalos medioambientales, especialmente las medidas destinadas a la eliminación de riesgos para la salud humana.
Asociación de Peritos de Seguros y
Comisarios de averías
C/ Pajaritos 12 - 1ª Planta, Oficina 2
28007 - Madrid